sábado, 20 de junio de 2026

El INE sanciona al PAN: Ordena retirar publicaciones contra Morena

La autoridad electoral determinó que los señalamientos de “narcopartido” carecen de sustento fáctico, aunque declaró improcedentes las quejas contra la senadora Lilly Téllez.

Por: Nosotros WebStaff , En: Política Portada , Día Publicado: 18 junio, 2026

El terreno de la disputa política e institucional en México ha sumado un nuevo e importante capítulo regulatorio. En el marco de una sesión extraordinaria urgente celebrada la noche del miércoles 17 de junio, el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó de manera formal al Partido Acción Nacional (PAN) el retiro inmediato de diversas publicaciones digitales. La autoridad determinó que el blanquiazul, a través de mensajes difundidos por su líder nacional, Jorge Romero, así como mediante otras tres publicaciones operadas por la estructura del partido en Chiapas, actuó sin el sustento fáctico suficiente para señalar directamente a la llamada Cuarta Transformación por supuestos vínculos con el crimen organizado.

De acuerdo con el criterio jurídico establecido por el órgano electoral, las publicaciones denunciadas “podrían constituir la imputación de derechos o delitos falsos en perjuicio del partido denunciante (Morena), al asociarlo con actividades relacionadas con el narcotráfico”. El colegiado precisó que estas piezas de comunicación son las únicas que la fuerza de oposición deberá bajar de sus redes sociales, luego de evaluar y calificar como improcedentes otras denuncias presentadas por la representación de Morena respecto a presuntas calumnias sistemáticas.

Criterio de libertad parlamentaria: El caso de la senadora Lilly Téllez

Dentro del mismo paquete de litigios, la Comisión de Quejas del INE determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el partido oficialista en contra de la senadora panista Lilly Téllez, quien ha mantenido una postura de severas críticas hacia el desempeño de los gobiernos de la 4T.

La resolución del órgano electoral detalló los siguientes criterios institucionales:

  • Expresiones legislativas bajo amparo legal: Se resolvió que Lilly Téllez realizó expresiones estrictamente vinculadas con el ejercicio de su función constitucional como senadora de la República.

  • Desestimación de tutela preventiva: Las autoridades declararon improcedente la tutela preventiva solicitada por Morena contra la legisladora debido a que la queja presentada “se sustentó en hechos futuros de realización incierta”.

El trasfondo binacional: La denuncia ante la CPI y las tensiones de seguridad

Esta resolución del árbitro electoral ocurre en un contexto de máxima polarización y estrategias jurídicas de alcance transnacional. Cabe recordar que el pasado 7 de junio, el PAN denunció formalmente al expresidente Andrés Manuel López Obrador ante la Corte Penal Internacional (CPI) bajo la acusación de presuntos crímenes de lesa humanidad. Dicho recurso de la oposición centró sus críticas en los resultados de la estrategia de seguridad denominada “Abrazos no balazos” y el registro de homicidios durante su gestión presidencial.

Para robustecer su argumentación ante el tribunal internacional, la dirigencia del PAN sumó al expediente las recientes acusaciones e investigaciones surgidas en los Estados Unidos contra diversos funcionarios adscritos a Morena por presuntos nexos con el narcotráfico. Los señalamientos de las agencias norteamericanas apuntan de manera particular contra 10 funcionarios del estado de Sinaloa presuntamente ligados a la facción delictiva de Los Chapitos; sin embargo, en el plano netamente judicial, las autoridades de Estados Unidos no han presentado pruebas de dichas acusaciones hasta la fecha, lo que mantiene el debate en el terreno de la confrontación política binacional.